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A QUIEN SE DEBE PRESENTAR LA DECLARACIÓN.
Los servidores públicos que cumplan funciones oficiales en el exterior, presentarán sus declaraciones juradas de bienes y rentas y sus actualizaciones ante la máxima autoridad de la Representación Diplomática en el lugar de su residencia; la máxima autoridad deberá presentar ante el funcionario segundo en jerarquía.
CÓMO LLENAR SU DECLARACIÓN.
El llenado y firmado del formulario solo puede ser realizado por el Declarante Titular, quien para efectuar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas deberá ingresar en este sitio Web haciendo clic en el enlace FORMULARIO EN BLANCO DE LA DECLARACION, para imprimir con formato PDF (se requiere el programa Adobe Acrobat) en tamaño carta. El llenado del formulario deberá ser con tinta y letra de imprenta, evitando borrones y tachaduras. Previa entrega del formulario se recomienda al declarante sacar una fotocopia para su archivo personal. RECOMENDACION: El declarante deberá llenar la totalidad de los datos requeridos en la sección "Datos generales", y los montos deberán ser expresados en bolivianos y no en dólares, debiendo registrar la fecha, nombres y firma en todas las páginas, y en caso de tener el formulario algunos borrones o tachaduras, el declarante deberá firmar al lado de cada uno de ellos.
EL ACTA DE RECEPCIÓN ES UN REQUISITO.
A efectos de dejar constancia de la presentación de la declaración jurada de bienes y rentas la máxima autoridad de la Representación Diplomática elaborará un acta de recepción en la que constará la fecha de recepción de la misma. Se prescindirá de esta acta si la representación diplomática cuenta con un solo funcionario, en cuyo caso enviará su declaración jurada de bienes y rentas directamente al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para su posterior remisión a la Contraloría General.
Remisión a la Contraloría General de la República. Todas las declaraciones juradas de bienes y rentas deberán ser remitidas a las Oficinas de la Contraloría General de la República a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, mediante un representante oficial designado para este efecto.
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